Desde la pu
blicación el pasado mayo del Real Decreto-ley 5/2011 (enlace a PDF) las empresas tienen una nueva responsabilidad: comprobar el cumplimiento de la obligatoriedad del alta en la Seguridad Social en los casos de subcontrata.
¿Qué quiere decir esto?
En su artículo 5, el Real Decreto-ley dice lo siguiente:
"...los empresarios que contraten o subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllos o que se presten de forma continuada en sus centros de trabajo, deberán comprobar, con carácter previo al inicio de la prestación de la actividad contratada o subcontratada, la afiliación y alta en la Seguridad Social de los trabajadores que estos ocupen en los mismos."
TRADUCCIÓN: Cuando tengamos algún servicio subcontratado en nuestra empresa (en nuestra propia actividad, servicio de limpieza, empresa de seguridad, ...) estamos obligados a comprobar con caracter previo que la persona que va a realizar el trabajo subcontratado está dado de alta en la Seguridad Social.
QUÉ DEBEMOS HACER: Como mínimo debemos solicitar (preferentemente por fax o email) a la subcontrata que nos aporte un duplicado de la huella de alta del trabajador antes de la primera intervención. Lo ideal sería que se adjuntase una copia de la huella de alta con cada factura mensual por servicios. (El informe de alta debe ser solicitado cada vez, para tener la garantía de que el trabajador sigue en alta).
EXCEPCIONES: Tal y como dice el mismo artículo 5, "... no será exigible cuando la actividad contratada se refiera exclusivamente a la construcción o reparación que pueda contratar un cabeza de familia respecto de su vivienda, así como cuando el propietario de la obra o industria no contrate su realización por razón de una actividad empresarial."
ADVERTENCIA: Hemos detectado las primeras campañas de la Inspección Provincial de Trabajo para controlar lo explicado anteriormente. Por lo que recomendamos encarecidamente a nuestros clientes que hagan caso a la normativa vigente y realicen los controles necesarios.





